San Martín: sentencian a tres personas por tráfico ilegal de madera

San Martín: sentencian a tres personas por tráfico ilegal de madera

02 Sep 2026
Redacción RS
Redacción RS

La justicia impuso penas de hasta cinco años y dos meses por almacenamiento y transporte ilegal de especies forestales, en una ofensiva contra el tráfico de madera en la región.

La Corte Superior de Justicia de San Martín dictó tres condenas de prisión efectiva contra personas involucradas en el tráfico ilegal de madera, luego de procesos sustentados por la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA) de Moyobamba.

Los fallos fueron emitidos entre el 19 y el 20 de agosto de 2026 por juzgados especializados, tras la intervención del fiscal adjunto provincial Alexander Taica Luliquis. Las sentencias sancionan distintas modalidades de aprovechamiento y movilización no autorizada de recursos forestales.

La Fiscalía destacó que las decisiones judiciales representan un golpe a la cadena de comercialización ilegal de productos forestales, una actividad que afecta directamente a los bosques amazónicos y a especies de alto valor comercial.

En total, los tres casos involucran 12.187 pies tablares de madera, correspondientes a especies como moena, cedro Huasca, lupuna y cedro lila.

Cuatro años de cárcel por almacenar madera ilegal

La primera sentencia fue impuesta a Hamilton Ysaias Zuta Lartiga, condenado a cuatro años de pena privativa de libertad efectiva por almacenar ilegalmente 8.445 pies tablares de madera de las especies moena y cedro Huasca en el distrito de Nueva Cajamarca.

El sentenciado ya se encontraba recluido en el penal de Moyobamba por otros procesos. Por ello, la justicia estableció que su reclusión total se prolongará hasta febrero de 2038.

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Además de la pena de cárcel, deberá pagar S/4.000 por reparación civil y S/417 por concepto de días multa, según la resolución judicial reportada por la Fiscalía.

El caso evidencia que el tráfico ilegal no se limita a la extracción de árboles. El acopio y almacenamiento de madera sin respaldo legal también puede generar responsabilidad penal cuando se acredita el origen ilícito del producto forestal.

Reincidente fue condenado por transportar lupuna

El segundo caso corresponde a José Padilla Paredes, quien recibió una condena de cuatro años de prisión efectiva por transportar ilegalmente 1.976 pies tablares de lupuna.

El cargamento fue interceptado cuando era trasladado desde el centro poblado Bonilla, en el distrito de Caynarachi, hacia Tarapoto.

La situación judicial del condenado se agravó debido a que registra antecedentes que acreditan su condición de reincidente. La justicia estableció que permanecerá recluido en el penal de Tarapoto hasta abril de 2036.

También deberá pagar S/2.500 de reparación civil y S/667 por días multa.

El caso demuestra la importancia de los controles durante el transporte de productos forestales, una etapa clave para verificar que la madera movilizada tenga procedencia legal y documentación que permita garantizar su trazabilidad.

Cedro lila: condena por especie vulnerable

La tercera sentencia fue dictada contra Eberly Arrivasplata Montoya, condenado a cinco años y dos meses de prisión efectiva por un hecho registrado en 2018.

El condenado fue intervenido cuando trasladaba sin autorización 1.766 pies tablares de cedro lila desde el sector Aguas Calientes hacia el distrito de Soritor.

Uno de los elementos determinantes del proceso fue la ausencia de la Guía de Transporte Forestal (GTF) exigida para acreditar la movilización legal del producto.

El cedro lila se encuentra categorizado como una especie vulnerable, por lo que su aprovechamiento y comercialización requieren especial atención de las autoridades. El juzgado estableció además una reparación civil de S/4.000.

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En este caso, la ejecución de la pena quedó suspendida momentáneamente hasta que la condena sea ratificada en segunda instancia.

Tala ilegal exige mayor control y trazabilidad

Las condenas se producen en un contexto de fortalecimiento de la fiscalización forestal en el país. El Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (OSINFOR) publicó en agosto de 2026 una nueva medición sobre la tala y el comercio ilegal de madera correspondiente a 2024.

El estudio analiza información sobre la oferta registrada mediante Guías de Transporte Forestal, la extracción no autorizada detectada durante las supervisiones y la demanda de madera de los centros de transformación primaria. El objetivo es identificar brechas y fortalecer la supervisión, fiscalización y trazabilidad del sector.

San Martín, además, mantiene una estrategia de coordinación entre diversas instituciones para enfrentar este problema. En marzo de 2026, la Mesa Regional de Control y Vigilancia Forestal y de Fauna Silvestre informó que durante 2025 se realizaron operativos conjuntos y monitoreo de más de 200.000 hectáreas, además de acciones de control frente a la tala y el tráfico ilegal. En estas labores participan entidades como SERFOR, OSINFOR, FEMA, PNP, SERNANP y SUNAT, entre otras.

La importancia de estas acciones radica en que la tala y el comercio ilegal de madera no solo representan una infracción contra las normas forestales. También generan presión sobre los ecosistemas amazónicos, reducen la disponibilidad de especies nativas y afectan los esfuerzos destinados a garantizar un aprovechamiento sostenible de los bosques.

Las tres condenas dictadas en San Martín marcan, por ello, un precedente dentro de la lucha contra los delitos ambientales. El desafío ahora consiste en mantener controles desde el bosque hasta los centros de transformación y comercialización, reforzando la trazabilidad para impedir que productos de origen ilegal ingresen al mercado formal.

Las tres sentencias dictadas en San Martín marcan un precedente en la lucha contra los delitos ambientales. Conoce más sobre el avance de la fiscalización forestal y la trazabilidad de la madera en nuestra cobertura sobre tala ilegal en la Amazonía y revisa cómo las autoridades buscan frenar el tráfico ilegal de madera en distintas regiones del país.

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